Negro sobre blanco  /  Reflexiones de un estudiante de “letras”

El verdadero Montesquieudiciembre 2018

En mi peregrinar por los estudios de Sociología, hace tiempo que extraje de alguno de los libros consultados una interpretación resumida de cómo debe ser entendida la separación de poderes supuestamente propugnada por Montesquieu.

Desde entonces, cada vez que escuchaba a alguien que, para criticar la falta de independencia de alguno de los poderes del Estado con respecto a otro, hacía referencia al famoso pensador, me surgía la duda sobre si la interpretación que habitualmente se hace de sus ideas es la correcta.

Para tratar de resolver esta duda, lo pertinente era recurrir al oráculo. Que, en este caso, no podía ser otro que el propio Charles-Louis de Secondatbarón de la Brède y de Montesquieu (1689-1755). Pero el asunto ha resultado ser menos sencillo de lo que parecía.


Sobre la división de poderes -seña de identidad de las llamadas democracias liberales y cuya paternidad se atribuye a Montesquieu-, en mis apuntes tengo escrita la siguiente referencia:

“De acuerdo a los datos empíricos recogidos en sus análisis, Montesquieu concluye, por un lado, que los estados más estables y seguros son los regidos por monarquías y, por otro, que sólo los estados moderados garantizan la libertad política (entendida como el derecho a hacer lo que las leyes permiten, y que es inseparable de la seguridad, que es la condición para que un ciudadano no tema nada de otro).

Montesquieu toma como referencia los sistemas de gobierno de algunos pueblos de la antigüedad y la monarquía parlamentaria inglesa, para llegar a la conclusión de que la mejor forma de lograr aunar estas características en un estado es un adecuado reparto de poderes.

La forma de llevarlo a cabo es que el poder legislativo (que establece las leyes), el poder ejecutivo (que se ocupa, entre otras cosas, de la seguridad) y el poder judicial (que castiga los delitos y resuelve los litigios) no estén regidos por las mismas personas. Y la mejor alternativa es atribuir el poder soberano a tres instituciones, para que ejerzan sus respectivas competencias de forma armónica.”

La última frase de esta reseña, en la que se indica que los poderes del Estado deben actuar con armonía, no parece estar en plena sintonía con la interpretación que suele hacerse de los supuestos postulados de Montesquieu. En general, se invoca al francés para reivindicar, sobre todo, la independencia de cada uno de los tres poderes clásicos (sin que, en mi opinión, esto signifique que no sea posible -y deseable- que independencia y armonía se conjuguen al unísono).

Incluso si es perentoria la falta de armonía entre los poderes, lo habitual es que Montesquieu sea sacado a colación sólo cuando lo que se pretende es criticar la intromisión de un poder en la parcela reservada a otro. Sobre todo, se suele reivindicar la separación de poderes para reclamar que el poder ejecutivo no se entrometa en el desempeño de las competencias atribuidas al poder judicial.

En el Estado español (que tiene además la peculiaridad de tener troceados sus poderes siguiendo la fórmula del café para todos y todas), las disquisiciones sobre la armonía y la independencia entre unos y otros de estos poderes han generado una casuística -y tienen pinta de seguir haciéndolo- como para escribir varios tratados. No obstante, lo que aquí se pretende dilucidar es si se puede sacar tantas veces a relucir a Montesquieu como el gran patrocinador de la separación de poderes o lo que se hace es tomar su nombre en vano.

Para tratar de conocer la opinión fidedigna que sobre la separación de poderes mantenía Montesquieu, lo lógico es acudir a su obra cumbre: De l´esprit des lois (Del espíritu de las leyes). La primera dificultad radica en que fue escrita a mediados del siglo XVII y, obviamente, fue redactada en el francés de la época. Por tanto, la alternativa es recurrir a una traducción fiable (al respecto, tengo la impresión de que es demasiado habitual que ni siquiera quienes escriben libros de texto acudan a los originales de los autores a los que hacen referencia en sus obras). En este caso, la disponible y supuestamente fiable es la traducción de Mercedes Blázquez y Pedro de Vega (realizada para la Editorial Tecnos, S.A. y posteriormente cedida a SARPE para la colección LOS GRANDES PENSADORES, 1984).

Debo confesar mi frustración: no he sido capaz de encontrar un apartado de la citada obra en el que Montesquieu exponga de manera explícita y pormenorizada algo que pueda interpretarse inequívocamente como su tesis específica y concreta sobre la separación de poderes. Mi desolación me ha llevado a consultar otros textos (algunos llenos de erudición), pero sin lograr encontrar ninguna referencia a las ideas del francés que - salvando todas las distancias- fuera más clarificadora que la recogida en mis escuetos apuntes. Aunque, finalmente, la fortuna ha querido dar satisfacción a mis anhelos.

El texto con el que he logrado clarificar mis dudas es La distribución de poderes según Montesquieu, cuyo autor es Juan Vallet de Goytisolo (1917-2011), galardonado en 1986 con el Premio Montesquieu, otorgado por la Academia Montesquieu de Burdeos. Su lectura es, a mi juicio, muy recomendable (incluso si se está poco o nada de acuerdo con sus conclusiones políticas).

De entrada, el citado texto afirma que los análisis de Montesquieu sobre el poder son realizados desde perspectivas diversas y, por tanto, no resulta fácil captar su forma de pensar sobre la materia. Un comienzo alentador, ya que permite entender por qué resulta complicado saber con precisión qué pensaba este autor sobre la separación de poderes. A continuación señala que Montesquieu decía que “quien tiene poder, tiene la tendencia a abusar de él hasta que halla límites” y que, por ese motivo, “es preciso que... el poder detenga al poder”.

Y añade una clave fundamental para entender la postura del pensador francés: aunque era partidario de establecer planteamientos generales sobre los asuntos que analizaba, no era propicio a dar sentencias absolutas, sino que fundamentaba sus reflexiones sobre los datos empíricos. Es decir, según Montesquieu, la mejor forma de lograr que el poder controle al poder depende del momento y del país: no hay una solución única, sino diversas alternativas.

Siguiendo este enfoque, el citado texto recoge las conclusiones a las que han llegado diversos autores tras una lectura pormenorizada de la obra de Montesquieu y que llevan a atribuir al francés fórmulas concretas, que posiblemente están pergeñadas en su obra, pero que nunca sistematizó y concretó en sus propios textos. Por tanto, las formulaciones que se le atribuyen son conclusiones a las que han llegado otros autores posteriores tras estudiar sus obras (y, así mismo, las de otros pensadores en los que Montesquieu parece apoyarse).

¿Cuál de estas formulaciones es la que plasma con mayor fidelidad las ideas de Montesquieu sobre la relación que deben mantener entre sí los poderes del Estado? La respuesta no puede ser contundente porque, dado que opinaba que hay una solución para cada tiempo y cada país, poco tiene que ver el tiempo político actual con el que acontecía cuando fue escrita su obra (a mediados del siglo XVIII, cuando todavía estaba por producirse la Revolución Francesa de 1789) y es perentoria la diferencia entre los países y las sociedades de aquel tiempo y los actuales.

Ante este panorama, la conclusión a la que llega Juan Vallet de Goytisolo es que “se ha entendido y sigue afirmándose que fue el formulador de la teoría de la separación de poderes”, cuando en realidad Montesquieu “no defendió la separación de poderes, sino su equilibrio y el de las distintas fuerzas sociales que los ejerzan”. Y añade, además, un dato relevante: es en la Declaración de los derechos del hombre y el ciudadano de 1789 surgida de la Revolución Francesa (Montesquieu había muerto en 1755) donde se recoge explícitamente la fórmula de la “separación de poderes”.

Así que, en adelante, cuando en el fragor del tumulto político-mediático alguien proclame: ¡Montesquieu ha muerto!, podemos decir con tranquilidad de espíritu (el propio y el de las leyes) que, efectivamente, Charles-Louis de Secondat, barón de la Brède y de Montesquieu murió... sin haber acuñado la expresión “separación de poderes” y sin haber dejado escrita una receta específica y de validez permanente y universal sobre cómo deben relacionarse entre sí los poderes del Estado.

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